Nueva obligación de comunicar a la Seguridad Social el código de ocupación de los trabajadores
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Resumen
El Real Decreto 643/2026 establece un plazo de seis meses para que todos los empresarios comuniquen a la Tesorería General de la Seguridad Social el código de ocupación laboral, única o principal, de sus trabajadores por cuenta ajena en alta cuando ese dato no haya sido comunicado previamente.
A quién afecta
Empresas y empresarios con trabajadores por cuenta ajena.
Qué cambia
Se incorpora esta obligación de información y el plazo general para comunicar bajas y variaciones de datos de trabajadores se amplía de tres a seis días naturales.
Desde cuándo
1 de agosto de 2026.
Plazo clave
Seis meses desde la entrada en vigor para comunicar los códigos de ocupación que falten.
Qué hacer en la gestoría
Revisar los clientes con trabajadores, comprobar si la TGSS ya dispone del código de ocupación y preparar la comunicación de los datos pendientes dentro del plazo.
Clientes a revisar
Empresas y autónomos con trabajadores por cuenta ajena.
Fuente oficial
Real Decreto 643/2026, de 29 de julio · BOE núm. 185, de 30 de julio de 2026 · BOE-A-2026-16557.
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